Cristóbal de VILLALÓN. Tratado de cambios y reprobación de usura.

Cecilia G. Sabido Sánchez-Juárez
Reseña de libro

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Es la voluntad de Dios la que constituye la pauta de todos, y los poderes del mal quedan definitivamente atados en “cadenas de hierro”.

Para el que está a medio convertir, la servidumbre bajo Dios tiene carácter de ca- denas de hierro, pero se transforman en cadenas de oro para quien empieza a amar a Dios, como indica san Agustín en su libro (Confesiones, VIII, 5). Por la muerte de Je- sucristo, la muerte ha sido encadenada por mil años para júbilo de los piadosos (Ap 20,2.7). Ahí fue ejecutada la sentencia de los pueblos, en el Gólgota. Y aquel que recibió la ejecución está por ello autorizado a perdonar. ¡Aleluya!


Mariano Ruiz Espejo Universidad Católica San Antonio de Murcia


Cristóbal de VILLALÓN. Tratado de cambios y reprobación de usura. In- troducción de Mª Idoya Zorroza, Texto y notas de Carlos Veci y Mª Idoya Zo- rroza. Pamplona: Servicio de Publicaciones de la Universidad de Navarra (Cua- dernos de Pensamiento Español), 2017. 24 x 17 cm. 130 pp. ISBN: 978-84-

8081-567-3.


El presente libro ofrece una edición de uno de esos textos sorprendentes, mucho menos conocidos que los “clásicos” del siglo XV-XVI (Madrigal, Vitoria, Soto, Bá- ñez…) pero igualmente textos ineludibles para entender las muchas aristas de la riqueza intelectual de este periodo que se conoce por su proyección y su influencia en los estu- dios teológicos, filosóficos, éticos, jurídicos y también –por lo que refiere a este texto–, económicos. Cristóbal de Villalón, un ejemplo claro “de hombre renacentista: formado intelectualmente (como gramático y teólogo)”, entre Alcalá y Salamanca, es además, un autor polifacético. Sus escritos van desde la gramática y la retórica (los diálogos Trage- dia de Mirrha, Ingeniosa comparación entre lo antiguo y lo presente, Diálogo de las transformaciones de Pitágoras, El Crotalón, Gramática Castellana) hasta los más filo- sóficos (El Scholástico) o teológicos (Exhortación a la confesión), aunque todavía po- drían quedar algunas dudas en las obras que se le atribuyen si se tratara de un homónimo. La obra que se publica en este libro es un tratado dedicado a moral económica, el Provechoso tratado de cambios y contrataciones de mercaderes y reprobación de usura (1541-1546). No se trata de una edición crítica, aunque sí hace el esfuerzo de incorporar las modificaciones más significativas que el autor introdujo en las tres versiones que hizo de la obra (Valladolid, 1541; Valladolid, 1542, y Valladolid, 1546). En ella el autor da respuesta a las dudas más significativas que surgen de la cada vez más incrementada y compleja actividad económica que se vivía en España a comienzos del siglo XVI, y que son signo de un claro cambio epocal: del modelo medieval y feudal al modelo pre- capitalista, especialmente en un mundo que ha roto los límites y se ha abierto a un

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comercio internacional, transoceánico y que exigía nuevas formas e instrumentos tanto mercantiles como financieros.

El libro que se reseña está articulado en “Presentación” e “Introducción” (pp. 11- 38), en donde se ofrecen los elementos claves de la edición: el proyecto en el que se inserta el trabajo que se publica, una breve presentación bio-bibliográfica del autor, un breve estudio de la obra, presentando el marco general “Cambios y usura”, las tesis que propone el autor y los criterios de edición.

A continuación, sigue la edición del Provechoso tratado de cambios y contratacio- nes de mercaderes y reprobación de usura. Los criterios para su edición han querido “poner a disposición del lector interesado en la temática de moral económica una de sus fuentes”, aunque no se trata de una simple actualización, porque –partiendo de la edición de 1546– también se han incorporado las variaciones más significativas de las dos edi- ciones previas preparadas por el propio Villalón (1541 y 1542). Por ejemplo, el añadido del capítulo “Que trata de los arrendamientos de obispados y beneficios eclesiásticos cuanto a la malicia que en ellos se acostumbra”; o la modificación de uno de sus capí- tulos, el capítulo 17, el cual en su edición de 1546 se nombra como “En el cual se tratan cambios que se hacen con caballeros y señores”, mientras que anteriormente figuraba como “En el cual se tratan cambios que se hacen con príncipes y señores”, modificán- dose por consiguiente también parte del texto del capítulo. La edición incorpora también las distintas dedicatorias a las tres ediciones, los colofones de todas y la “Tabla de los capítulos y materias” de la edición de 1546.

El texto de Villalón responde a la preocupación de un teólogo que debe orientar en materia moral a los agentes involucrados en las cuestiones económicas: préstamos, cam- bios, compra-ventas, arrendamientos…; aunque para hacerlo, y hacerlo bien, tiene que conocer con mucho detalle las prácticas, costumbres e incluso argucias utilizadas por los actores económicos de la época. Los títulos de los 29 capítulos que se incluyen en la primera parte son buena señal de ello: “el origen y nacimiento del cambio que los mer- caderes llaman real, y de tres maneras de cambios reales que hay”; “los mercaderes que para enviar a pagar sus mercadurías a extrañas tierras cambian los dineros con ventaja”, “los cambios que se usan hacer para Sevilla entre los cambiadores y mercaderes, y para Portugal”, “los cambios que comúnmente se usan hacer entre cambiadores y mercaderes para Valencia, estando en feria, y para Zaragoza y Barcelona”, “otras maneras de cam- bios que entre los mercaderes se llaman cambios secos de protesto”, “una manera de cambios que entre mercaderes y cambiadores es llamada cambios arbitrios, estando en feria”, “la manera que usan los mercaderes y cambiadores cambiar para León de Fran- cia”, “la manera que usan los cambiadores y mercaderes de cambiar para la Italia”, “los hacedores que hacen las corresponsiones en diversas partes por cambiadores y merca- deres, y de lo que entre ellos llaman ‘estar de creer’”, “un género de contratación que entre mercaderes se llama ‘parturas’”, “cambios de feria a feria”, “los mercaderes que venden sus mercadurías más caras al fiado que al contado”, “de un género de hombres



que comúnmente llaman en las repúblicas ‘negociador’, y de regatones”, “los trucos y rentas que se llevan de las prendas y de los censos al quitar”, “un género de contratación que en España se dice merchantería, y los que tratan merchantes, y de alparcería”.

Por otro lado, también aborda temas clásicos en la moral económica de este mo- mento: la preocupación por la usura, cuándo se da, los argumentos que llevan a una condena generalizada de su práctica y las exigencias de restitución a que se debe del usurero y cómo hacerla. De hecho, a la cuestión de la ilicitud de la usura dedica el autor la breve “Segunda parte” del tratado.

En conclusión, un texto que actualiza y hace accesible una de las fuentes más sig- nificativas de las cuestiones de moral económica, y que puede permitir un mejor cono- cimiento tanto de las aportaciones de Villalón a la cuestión, como de la riqueza concep- tual y léxica que aporta para el estudio de la cuestión. No hay que olvidar que los grandes tratados sistemáticos sobre la moral económica en la época son todos de la segunda mitad del siglo, como los libros específicos del De iustitia et iure de Domingo de Soto, el tratado Tratos y contratos de mercaderes y tratantes reelaborado y reeditado pocos años después con el título Suma de tratos y contratos (Salamanca, 1569; Sevilla, 1571) de Tomás de Mercado, el Arte de los contractos de Bartolomé de Albornoz (Valencia, 1573) y el Tratado utilisimo y muy general de todos los contratos (Valencia, 1583), y que suponen la labor de autores de menos influencia pero igualmente necesarios para trazar la historia del desarrollo de los estudios económicos en la España del barroco.


Cecilia G. Sabido Sánchez-Juárez Universidad Autónoma de San Luis Potosí, México